Desde que se promulgó la ley el 4 de julio de 2025, el término “One Big Beautiful Bill” inundó los grupos de WhatsApp, los foros de inversión y las redes sociales de la comunidad latinoamericana en Estados Unidos. Y con esa inundación llegó algo igual de predecible: una cantidad enorme de información incorrecta, incompleta o directamente falsa circulando como si fuera verdad.
Hay quienes dicen que la ley prohíbe enviar dinero al exterior. Hay quienes afirman que ahora el 5% de cada transferencia va al gobierno americano. Hay quienes sostienen que tener una LLC siendo extranjero se volvió ilegal o imprácticamente caro. Nada de eso es correcto.
Este artículo existe para dar una respuesta concreta y sin alarma innecesaria a la pregunta que más se está haciendo el inversor latinoamericano con franquicia o visa E-2 en 2026: ¿qué cambió realmente para mí?
La respuesta, con datos verificables de las fuentes primarias: algunos cambios sí aplican y hay que conocerlos. Otros son mitos que no tienen base legal. Y para el perfil específico de inversor que trabaja con Interlink (capital entre $100.000 y $500.000, franquicia activa, estructura de LLC, cuenta bancaria en EE.UU.) la mayoría de los cambios más temidos no aplica de la manera que se describe en los rumores.
Qué es el One Big Beautiful Bill y cuándo entró en vigor
El One Big Beautiful Bill Act (H.R. 1) fue aprobado por ambas cámaras del Congreso el 3 de julio de 2025 y promulgado como ley el 4 de julio de 2025.
La ley revierte el enfoque del Inflation Reduction Act de Biden, eliminando incentivos verdes y priorizando la reindustrialización, la producción energética tradicional y la soberanía fiscal. En términos generales incluye recortes fiscales permanentes, subsidios a la industria pesada, mayor gasto en defensa y medidas migratorias más estrictas.
Es una ley extensa con cientos de disposiciones. Pero para el inversor latinoamericano con una franquicia en EE.UU., hay tres áreas que concentran el impacto real: el impuesto a las remesas, los cambios en el reporte de LLCs de propiedad extranjera, y las medidas migratorias. Las desarrollamos una por una.
Área 1: el impuesto a las remesas y lo que dice la ley realmente
Este es el punto con más desinformación circulando. Acá van los datos exactos de la legislación.
Qué dice la ley
La Sección 4475 del OBBBA introduce un impuesto especial del 1% sobre las transferencias de remesas enviadas desde EE.UU. al exterior, vigente para transferencias realizadas a partir del 1 de enero de 2026.
El impuesto debe ser recaudado por los proveedores de transferencias de remesas y remitido trimestralmente al IRS.
Lo que la mayoría no sabe: las excepciones
Acá está el dato que más cambia la lectura de la ley para el inversor con cuenta bancaria en EE.UU.:
La ley exceptúa del impuesto las transferencias de remesas cuyos fondos se retiran de cuentas en instituciones financieras sujetas a la Ley de Secreto Bancario, y aquellas realizadas con tarjetas de débito o crédito emitidas en Estados Unidos.
En términos prácticos: los fondos enviados electrónicamente a través de instituciones financieras reguladas bajo la Ley de Secreto Bancario están exentos.
Las instituciones financieras que califican para la exención incluyen bancos asegurados por la FDIC, bancos comerciales, cooperativas de crédito, brokers registrados en la SEC y similares. La excepción no aplica a transferencias desde cuentas en servicios de transferencia de dinero que no califican como instituciones financieras bajo la definición legal.
Lo que esto significa para el inversor con cuenta bancaria en EE.UU.
Si el inversor latinoamericano con franquicia tiene una cuenta bancaria en un banco americano regulado (que es exactamente lo que Interlink recomienda y acompaña a estructurar desde el inicio) y hace sus transferencias al exterior vía wire transfer desde esa cuenta, esa transferencia está exenta del impuesto del 1%.
Las transferencias no se detendrán ni se limitarán. Solo se gravarán en el caso de quienes usen efectivo, money orders u otros instrumentos físicos que no califiquen para la exención. La ley no incluye controles de capital ni restricciones cuantitativas para las transferencias.
La conclusión concreta: quien usa su cuenta bancaria americana para transferir fondos al exterior no paga el 1%. Quien usa Western Union, MoneyGram o similares en efectivo, sí lo paga.
Para el inversor que todavía no tiene su estructura bancaria en EE.UU. correctamente armada, este es el momento de resolverlo. En Interlink, el plan de estructuración de la empresa incluye la apertura de cuenta bancaria comercial como parte del proceso desde el inicio.
Área 2: cambios en el reporte de LLCs de propiedad extranjera
Este es el área donde hay cambios reales que el inversor latinoamericano con LLC en EE.UU. necesita conocer.
El nuevo requisito de FTIN
El OBBBA introduce nuevos requisitos de número de identificación fiscal extranjero (Foreign Taxpayer Identification Number – FTIN) para propietarios extranjeros de LLCs americanas.
El FTIN es el número de identificación fiscal que emite el país de origen del inversor. Para un argentino, es la CUIT. Para un colombiano, el NIT. Para un mexicano, el RFC. La obligación de reportarlo ante el IRS ya existía en algunos contextos, pero el OBBBA la extiende y refuerza.
El impacto práctico: si el propietario extranjero de una LLC no tiene su número de identificación fiscal del país de origen registrado correctamente en su documentación fiscal americana, puede generar inconsistencias en el expediente que afecten tanto la situación fiscal como, eventualmente, el proceso de renovación de la visa E-2.
La Ley de Transparencia Corporativa y el reporte de beneficiarios reales
Esta obligación ya existía antes del OBBBA pero el nuevo marco la refuerza. Las LLCs de propiedad extranjera deben cumplir con los requisitos de reporte de beneficiarios reales según la Ley de Transparencia Corporativa, declarando quién tiene el control real de la empresa.
Para el franquiciado latinoamericano con una LLC, esto significa asegurarse de que la información del beneficiario real (nombre, documentación, dirección, participación accionaria) esté declarada correctamente y actualizada. El incumplimiento tiene multas que pueden ser significativas.
El formulario 5472: sigue siendo obligatorio y sigue teniendo multa de $25.000
Independientemente del OBBBA, la obligación que más impacto tiene en el inversor extranjero con LLC sigue en pie: las LLCs de un solo miembro de propiedad extranjera deben presentar el Formulario 5472 junto con un Formulario 1120 pro forma ante el IRS cada año en que tengan transacciones reportables, con una multa de $25.000 por incumplimiento que se aplica de manera automática.
El OBBBA no eliminó ni modificó esa obligación. Quien no la estaba cumpliendo antes de la ley sigue sin cumplirla después. Y las multas acumuladas por años de incumplimiento pueden ser devastadoras. En nuestra guía sobre impuestos en EE.UU. con franquicia siendo latinoamericano desarrollamos ese punto con todos los detalles.
Área 3: las medidas migratorias y qué cambió para el inversor con visa E-2
Esta es la parte de la ley que más preocupa a quienes tienen o tramitan la visa E-2, y también donde hay que hacer la distinción más importante.
El OBBBA y la visa E-2: sin cambios directos
La visa E-2 no fue modificada directamente por el OBBBA. La ley se enfocó en visas de trabajo, asilo y beneficios para inmigrantes sin estatus legal, no en las visas de inversionista.
Eso no significa que el contexto migratorio no cambió. La ley financia un aumento masivo en la aplicación de la ley de inmigración, con el objetivo declarado de lograr 1 millón de deportaciones anuales. Ese contexto de mayor enforcement no afecta a quien tiene estatus legal y documentación en orden, pero sí incrementa la importancia de mantener la documentación impecable y no incurrir en violaciones de estatus.
Nuevas tarifas de solicitud
El OBBBA introduce nuevas tarifas de solicitud para varios procesos migratorios. Para quienes tramitan cambios de estatus o extensiones de visa dentro de EE.UU., los costos administrativos aumentaron de manera significativa.
Para la visa E-2 tramitada en vía consular desde el exterior, que es el proceso estándar para la mayoría de los inversores latinoamericanos, el impacto es menor que para quienes operan desde dentro de EE.UU., pero hay que verificar los aranceles consulares actualizados al momento de iniciar el proceso.
Mayor escrutinio en renovaciones
En 2026, los adjudicadores están negando renovaciones en casos donde el negocio actual tiene poco parecido con la solicitud original, o donde la documentación no demuestra operación real y continua.
El mensaje práctico: quien tiene su negocio bien documentado, con contabilidad en orden, nómina correcta y actividad verificable no enfrenta riesgos adicionales por el nuevo contexto. Quien venía operando de manera desordenada tiene ahora más razón para regularizar.
Si estás evaluando qué pasa con la visa E-2 si el negocio tiene problemas, nuestra nota específica sobre ese tema desarrolla los escenarios con datos actualizados.
Área 4: lo que el OBBBA sí mejoró para el inversor con franquicia
En medio de toda la preocupación, hay cambios del OBBBA que son favorables para el inversor latinoamericano con una franquicia activa en EE.UU.
Extensión de los recortes fiscales de 2017
El OBBBA hace permanentes los recortes fiscales del Tax Cuts and Jobs Act de 2017, que estaban programados para expirar en 2025. Esto incluye las tasas de impuesto a la renta personal más bajas, la deducción del 20% para ingresos de empresas de pass-through como las LLCs, y la depreciación acelerada de activos.
Para el dueño de una franquicia con LLC que tributa como entidad transparente, la extensión de esa deducción del 20% es concretamente dinero que se ahorra cada año en impuestos. Es uno de los cambios más favorables de toda la ley para este perfil de negocio.
Depreciación acelerada al 100%
El OBBBA restaura la deducción por depreciación del primer año al 100% para activos adquiridos a partir de enero de 2025, eliminando la reducción gradual que venía aplicándose desde 2023.
Para una franquicia que arranca con equipamiento nuevo (vehículos, maquinaria, tecnología) poder deducir el 100% del costo en el primer año en lugar de amortizarlo en cinco o siete años reduce significativamente la carga fiscal del año de apertura. Es un beneficio concreto para quien inicia el proceso de invertir en franquicias en EE.UU. ahora.
Exención de impuesto sobre propinas y horas extra
El OBBBA introduce deducción por ingresos de propinas y horas extra trabajadas, lo que no aplica directamente al dueño de la franquicia pero sí tiene impacto en la gestión de la nómina y en la competitividad salarial frente a otros empleadores.
El mito más grande que circula: “Tener una LLC se volvió muy caro siendo extranjero”
Vale dedicarle un párrafo específico a este punto porque es el que más genera alarma sin fundamento.
Cualquiera puede registrar su LLC en EE.UU. independientemente de su nacionalidad. Lo único que cambia con el OBBBA son ciertas condiciones fiscales, como el impuesto sobre remesas en efectivo, pero esto no afecta a los inversores que operan a través de cuentas bancarias reguladas. No hay ninguna cláusula en el OBBBA que impida o limite las transferencias al extranjero ni que haga impráctica la estructura de LLC para no residentes.
La LLC sigue siendo la estructura más accesible, más flexible y más utilizada para inversores extranjeros con franquicia en EE.UU. Eso no cambió.
Checklist: lo que hay que revisar si tenés una franquicia en EE.UU. ahora mismo
Con el OBBBA ya en vigor, estos son los puntos que cualquier inversor latinoamericano con LLC activa debería verificar antes de que termine el año:
Estructura bancaria. ¿Tenés cuenta en un banco americano regulado? Si sí, tus transferencias al exterior desde esa cuenta están exentas del impuesto a las remesas. Si no, es el momento de abrirla. En Interlink acompañamos ese proceso como parte de la estructuración de la empresa.
Formulario 5472. ¿Está presentado correctamente para todos los años desde que abriste la LLC? Si hay años sin presentar, el riesgo de multa acumulada existe independientemente del OBBBA. Un contador con experiencia en inversores extranjeros puede regularizar esa situación.
FTIN registrado. ¿Tiene tu LLC el número de identificación fiscal de tu país de origen declarado correctamente en la documentación del IRS? Con los nuevos requisitos de reporte, esta información tiene que estar en orden.
Reporte de beneficiarios reales. ¿Está tu LLC declarada correctamente en el sistema FinCEN con la información del beneficiario real actualizada? El incumplimiento tiene multas civiles y penales.
Deducción del 20% del pass-through. ¿Tu contador está aplicando correctamente esta deducción en tu declaración de LLC? Con la extensión permanente del OBBBA, es un beneficio que no hay que dejar pasar.
Si tienes dudas sobre alguno de estos puntos o quieres evaluar si tu estructura está correctamente alineada con el nuevo contexto fiscal, en Interlink podemos orientarte y conectarte con contadores especializados en inversores latinoamericanos. Agenda una consulta y lo analizamos en concreto.
Conclusión: menos alarma, más acción
El One Big Beautiful Bill es una ley real con impactos reales. Pero para el inversor latinoamericano con franquicia activa, cuenta bancaria en EE.UU. y estructura legal en orden, el impacto neto no es el catastrófico que describieron muchos canales de redes sociales.
Lo que sí requiere atención: la documentación fiscal de la LLC, el origen correcto de los fondos y la solidez operativa del negocio en el contexto de mayor escrutinio migratorio. Son exactamente las variables que siempre importaron y que ahora importan un poco más.
Quien tiene su proceso bien estructurado desde el inicio tiene mucho menos de qué preocuparse. Si estás evaluando iniciar el tuyo, leer sobre las preguntas más frecuentes de la visa E-2 y los errores más comunes al invertir en EE.UU. es el mejor punto de partida.



